3 enero, 2017
Los artículos 49 y 51 del Código Civil Español establecen que las personas con competencia para la celebración de matrimonios civiles son los funcionarios diplomáticos encargados del Registro Civil en el extranjero; o el capitán o comandante de naves o aeronaves para el caso de los matrimonios realizados a bordo de las mismas.
¿Es posible casarse en un avión?
- Cada vez son más las parejas que planifican un enlace matrimonial civil con el que poder soñar y recordar el resto de sus vidas. En este afán de querer hacer de ese día algo especial y original son muchos los novios que deciden casarse en una finca rústica, en un solar rodeado de árboles o incluso en la playa….pero… ¿Y en un avión?
- Para casarse en un lugar privado hay un procedimiento establecido. Puedes solicitar el traslado de un Notario o de un Juez para levantar actas en distintos sitios. También puedes solicitar en el Registro Civil o en el Ayuntamiento del municipio en donde te casarás, el traslado de un funcionario autorizado para celebrar matrimonios. Todo depende de la disponibilidad del funcionario para la fecha y hora en que se necesite.
- Hay que tener en cuenta que hay una serie de personas que según la legislación pueden oficiar una boda. La mayoría de las legislaciones civiles son similares y, salvo algunas excepciones, suelen ser determinados funcionarios públicos: el Juez encargado del Registro Civil, el Alcalde del municipio en donde se celebre el matrimonio, el concejal delegado por el Alcalde para esa función.
- No obstante, ya hay aerolíneas dispuesta a promocionar bodas a bordo de sus aviones, como es el caso de la aerolínea británica Easyjet. Esta compañía plantea ofertar todo un paquete nupcial que incluya pasajes, la boda a bordo y el hotel para el destino final donde los recién casados pasarán su luna de miel y su noche de bodas.